Manifestación de Valor a través de la VUCEM

El día 01 de agosto de 2025, se publica en VUCEM la Hoja Informativa No.08, "Manifestación de Valor a través de la VUCEM"

En está publicación se menciona que la transmisión de la Manifestación de Valor será obligatoria través de la VUCEM partir del 09 de diciembre de 2025. 

Para efectos del Artículo Transitorio Quinto de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2025 publicadas el 30 de diciembre de 2024, menciona que,a partir del 1 de agosto de 2025, el formato E2 ¨Manifestación de Valor¨ del Anexo 1, se encuentra disponible para su presentación a través de Ventanilla Digital Mexicana  de Comercio Exterior (VUCEM).

Es importante considerar la verificación de la guía de usuario que se encuentra en la sección de ¨Ayuda- Manuales y guías de usuario - Manifestación de Valor¨ del Portal de la VUCEM, así como tomar las medidas necesarias para cumplir en tiempo y forma las obligaciones en materia aduanera y de comercio exterior a este respecto.

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