TERCERA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 y anexos 1, 2, 4, 10, 22 y 29.

El día 29 de mayo de 2025, se publica en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior, así como a los anexos 1, 2, 4, 10, 22 y 29, donde se destacan los siguientes puntos:



Regla 1.3.3. Nueva causal de suspensión en el Padrón de Importadores. 

Se añade la Regla 4.4.7 – Exportación temporal de artesanías.

Regla 7.1.6. Se señalan supuestos en los cuales se emitirá negativa directa en la solicitud de empresas Certificadas bajo la regla 7.1.4

Regla 7.1.11 Ampliación de plazos para cumplir con requerimientos

Regla 7.2.1 Se derogan avisos para empresas OEA y Socios Comerciales Certificados. 

Regla 7.4.1 Plazos para respuestas de Garantía del interés fiscal de IVA y/o IEPS, mediante fianza o carta de crédito. 

Actualizaciones de anexos 1, 2, 4, 10, 22 y 29.



Dicha publicación entra en vigor a partir del día de mañana.

Link: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5758614&fecha=29/05/2025#gsc.tab=0

Anterior
Anterior

ACUERDO que sujeta al requisito de aviso automático de exportación las mercancías que se indican.

Siguiente
Siguiente

SEGUNDA Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 y anexo 22.